Comision DDHH Res. 2000/56
E/CN.4/RES/2000/56
25 de abril de 2000
ESPAÑOL
Original: INGLÉS
2000/56. Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas de la Subcomisión de Promoción y
Protección de los
Derechos Humanos y Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo
La Comisión de Derechos Humanos,
Recordando sus anteriores resoluciones relativas al Grupo de Trabajo sobre Poblaciones
Indígenas de la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos y
el Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo, en particular su
resolución 1997/32, de 11 de abril de 1997,
Recordando asimismo la resolución 1982/34 del Consejo Económico y Social, de 7 de
mayo de 1982, por la que el Consejo autorizó a la Subcomisión a que estableciera
anualmente un grupo de trabajosobre poblaciones indígenas, con el mandato de examinar los
acontecimientos relativos a la promoción y protección de los derechos humanos y las
libertades fundamentales de las poblaciones indígenas, prestando especial atención a la
evolución de las normas relativas a los derechos de las poblaciones indígenas,
Afirmando su reconocimiento del valor y la diversidad de las culturas y formas de
organización social de las poblaciones indígenas y su convencimiento de que el
desarrollo de éstas en sus propios países contribuirá al adelanto
socioeconómico, cultural y ambiental de todos los países del mundo,
Recordando que el objetivo del Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del
Mundo es fortalecer la cooperación internacional para la solución de los problemas con
que se enfrentan las poblaciones indígenas en cuestiones tales como los derechos
humanos, el medio ambiente, el desarrollo, la educación y la salud, y que el tema del
Decenio es "Las poblaciones indígenas: la colaboración en acción",
Reconociendo la importancia de consultar a las poblaciones y cooperar con ellas en la
planificación y ejecución del programa de actividades para el Decenio, la
necesidad de recibir apoyo financiero suficiente de la comunidad internacional,
incluido el apoyo de las Naciones Unidas y de los organismos especializados, y la
necesidad de disponer de mecanismos adecuados de coordinación y comunicación,
Consciente de la decisión adoptada por la Asamblea General en su resolución 49/214, de
23 de
diciembre de 1994, de celebrar cada año el 9 de agosto el Día Internacional de las
Poblaciones Indígenas,
I
Informe del
Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas de la Subcomisión
de Promoción y Protección de los Derechos Humanos
1. Toma nota del informe de la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos
Humanos (E/CN.4/2000/2-E/CN.4/Sub.2/1999/54) y del informe del Grupo de Trabajo sobre su
17º período de sesiones (E/CN.4/Sub.2/1999/19);
2. Insta al Grupo de Trabajo a que continúe su examen a fondo de los acontecimientos y de
las diversas situaciones y aspiraciones de las poblaciones indígenas del mundo,
acoge con beneplácito la propuesta del Grupo de hacer hincapié en sus períodos de
sesiones futuros en temas específicos del Decenio Internacional de las Poblaciones
Indígenas del Mundo, y toma nota de que en su 18º período de sesiones el Grupo se
centrará en el tema "Los niños y jóvenes indígenas";
3. Invita nuevamente al Grupo de Trabajo a que, en sus deliberaciones sobre los
acontecimientos relativos a la promoción y protección de los derechos humanos de
las poblaciones indígenas, tenga en cuenta la labor que realizan, en el marco de
sus respectivos mandatos, todos los relatores especiales, los representantes
especiales, los expertos independientes, los grupos de trabajo y los seminarios de
expertos, en lo que respecta a la situación de las poblaciones indígenas;
4. Recomienda al Consejo Económico y Social que autorice al Grupo de Trabajo a reunirse
durante cinco días laborables con anterioridad al 52º período de sesiones de la
Subcomisión;
5. Invita al Grupo de Trabajo a que continúe examinando los medios por los cuales los
conocimientos particulares de las poblaciones indígenas pueden contribuir a la
labor del Grupo, y alienta todas las iniciativas que los gobiernos, las
organizaciones de poblaciones indígenas y las organizaciones no gubernamentales
puedan adoptar para garantizar la plena participación de las poblaciones
indígenas en las actividades relacionadas con las labores del Grupo de Trabajo;
6. Pide al Secretario General que:
a) Facilite al Grupo de Trabajo los recursos y la asistencia suficientes para el
desempeño de su labor, incluida la difusión suficiente de información acerca de
las actividades del Grupo a los gobiernos, los organismos especializados, las
organizaciones no gubernamentales y las organizaciones de poblaciones indígenas, con el
fin de alentar la participación más amplia posible en su labor;
b) Transmita lo antes posible los informes del Grupo de Trabajo a los gobiernos, las
organizaciones de poblaciones indígenas y las organizaciones intergubernamentales y
no gubernamentales para que formulen observaciones y sugerencias concretas;
7. Hace un llamamiento a todos los gobiernos, las organizaciones y los particulares que
estén en condiciones de hacerlo para que examinen la posibilidad de aportar
contribuciones al Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para
las Poblaciones Indígenas;
II
Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo
8. Toma nota del informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos sobre
la ejecución del programa de actividades del Decenio Internacional de las Poblaciones
Indígenas del Mundo
(E/CN.4/2000/85);
9. Invita al Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas a que continúe su examen de
las actividades emprendidas durante el Decenio y alienta a los gobiernos y a las
organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales a que faciliten
información sobre el logro de los objetivos del Decenio, de conformidad con el
párrafo 16 del anexo de la resolución 50/157 de la Asamblea General, de 21 de diciembre
de 1995;
10. Acoge con beneplácito la afirmación de la Asamblea General de que un objetivo
principal del Decenio es
la aprobación de una declaración sobre los derechos de las poblaciones indígenas y su
reconocimiento de que otro de los objetivos importantes del Decenio es el examen del
establecimiento de un foro permanente para las poblaciones indígenas en el sistema de las
Naciones Unidas;
11. Pide a la Alta Comisionada para los Derechos Humanos que, en su calidad de
Coordinadora del Decenio, presente a la Comisión de Derechos Humanos en su 57º
período de sesiones una actualización del informe anual en el que se examinen las
actividades del sistema de las Naciones Unidas en el marco del programa de
actividades del Decenio, en relación con el tema del programa titulado
"Cuestiones indígenas", de conformidad con la petición de la Asamblea General
al Secretario General;
12. Toma nota del informe de mitad de período preparado por la Alta Comisionada para los
Derechos Humanos en su calidad de Coordinadora del Decenio Internacional de las
Poblaciones Indígenas del Mundo (A/54/487), en el que se examina la ejecución del
programa de actividades del Decenio, y de la información contenida en este informe
acerca de las actividades del sistema de las Naciones Unidas, incluidos los
organismos especializados y otras actividades intergubernamentales, en relación
con las poblaciones indígenas, e insta a todas las partes interesadas a que
intensifiquen sus esfuerzos para alcanzar los
objetivos del Decenio;
13. Subraya el importante papel que la cooperación internacional desempeña en la
promoción de los objetivos y las actividades del Decenio y de los derechos, el
bienestar y el desarrollo sostenible de las poblaciones indígenas;
14. Hace un llamamiento a todos los gobiernos, las organizaciones y los particulares que
estén en condiciones de hacerlo para que presten apoyo al Decenio mediante la
aportación de contribuciones al Fondo de Contribuciones Voluntarias para el Decenio
Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo;
15. Alienta a los gobiernos a que, según corresponda, en vista de la importancia de la
adopción de medidas a nivel nacional para el logro de los objetivos y la
realización de las actividades del Decenio, presten apoyo al Decenio, en consulta
con las poblaciones indígenas, mediante:
a) La preparación de programas, planes e informes relacionados con el Decenio y el
establecimiento de comités nacionales u otros mecanismos en los que participen
representantes de las poblaciones indígenas a fin de garantizar que los objetivos y
las actividades del Decenio se planifiquen y realicen en pleno acuerdo con las
poblaciones indígenas;
b) La búsqueda de medios de dar a las poblaciones indígenas más responsabilidad en cuanto a sus propios asuntos y una verdadera participación en la adopción de decisiones sobre cuestiones que les atañen;
c) La identificación de los recursos para las actividades encaminadas a lograr los
objetivos del Decenio;
16. Hace un llamamiento a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales
para que presten apoyo al Decenio identificando, en cooperación con las poblaciones
indígenas, los recursos para las actividades encaminadas a lograr los objetivos del
Decenio;
17. Alienta a los gobiernos a que estudien la posibilidad de aportar contribuciones,
según corresponda, al Fondo para el Desarrollo de las Poblaciones Indígenas de
América Latina y el Caribe, a fin de apoyar el logro de los objetivos del Decenio;
18. Pide a la Alta Comisionada para los Derechos Humanos que adopte disposiciones para
asegurar que la dependencia de las poblaciones indígenas de su Oficina tenga la
dotación de personal y los recursos suficientes para facilitar la realización
efectiva de las actividades del Decenio;
19. Recomienda a la Alta Comisionada para los Derechos Humanos que, al elaborar programas
en el marco del Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo y el
Decenio de las Naciones Unidas para la educación en la esfera de los derechos
humanos, preste la debida atención al desarrollo de la capacitación de las poblaciones
indígenas en la esfera de los derechos humanos;
20. Alienta a la Alta Comisionada para los Derechos Humanos a que coopere con el
Departamento de Información Pública de la Secretaría en la preparación y
difusión de información sobre el Decenio Internacional de las Poblaciones
Indígenas del Mundo, teniendo el debido cuidado de exponer fielmente la
información relativa a las poblaciones indígenas;
21. Invita a las instituciones financieras y de desarrollo, a los programas operacionales
y a los organismos especializados de las Naciones Unidas a que, de conformidad con
los procedimientos vigentes de sus órganos rectores:
a) Asignen mayor prioridad y más recursos, en sus ámbitos de competencia, al
mejoramiento de la situación de las poblaciones indígenas prestando especialmente
atención a las necesidades de esas poblaciones en los países en desarrollo,
preparando programas de acción específicos con miras al logro de los objetivos del
Decenio;
b) Realicen proyectos especiales, por los conductos apropiados y en colaboración con las
poblaciones indígenas, para apoyar sus iniciativas en el nivel comunitario y
facilitar el intercambio de información y conocimientos técnicos entre poblaciones
indígenas y expertos en la materia;
c) Designen a los encargados de coordinar con la Alta Comisionada las actividades
relacionadas con el Decenio;
22. Recomienda que se tenga en cuenta la situación de las poblaciones indígenas en
las próximas conferencias pertinentes de las Naciones Unidas, incluido el período
extraordinario de sesiones de la Asamblea General titulado "La mujer en el año
2000: igualdad entre los géneros, desarrollo y paz para el siglo XXI", el
período extraordinario de sesiones de la Asamblea General titulado "Cumbre Mundial
sobre Desarrollo Social: el desarrollo social para todos a la hora de la
mundialización", el período
extraordinario de sesiones de la Asamblea General para el seguimiento de la Cumbre
Mundial en favor de la Infancia, y la
Tercera Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y
las Formas Conexas de Intolerancia;
23. Decide examinar el Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo en su
57º período de sesiones, en relación con el tema del programa titulado
"Cuestiones indígenas".
63ª sesión,
25 de abril de 2000.
[Aprobada sin votación. ]