Comision DDHH Res. 2000/56
 
                                                   E/CN.4/RES/2000/56
                                                   25 de abril de 2000

                                                   ESPAÑOL
                                                   Original: INGLÉS
 
 
 

2000/56. Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas de la Subcomisión de Promoción y Protección de los
Derechos Humanos y Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo

La Comisión de Derechos Humanos,

Recordando sus anteriores resoluciones relativas al Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas de la  Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos y el Decenio Internacional de las  Poblaciones Indígenas del Mundo, en particular su resolución 1997/32, de 11 de abril de 1997,

Recordando asimismo la resolución 1982/34 del Consejo Económico y Social, de 7 de mayo de 1982, por la  que el Consejo autorizó a la Subcomisión a que estableciera anualmente un grupo de trabajosobre poblaciones indígenas, con el mandato de examinar los acontecimientos relativos a la promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales de las poblaciones indígenas, prestando especial atención a la evolución de las normas relativas a los derechos de las poblaciones indígenas,

Afirmando su reconocimiento del valor y la diversidad de las culturas y formas de organización social de las  poblaciones indígenas y su convencimiento de que el desarrollo de éstas en sus propios países contribuirá al  adelanto socioeconómico, cultural y ambiental de todos los países del mundo,

Recordando que el objetivo del Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo es fortalecer la cooperación internacional para la solución de los problemas con que se enfrentan las poblaciones indígenas  en cuestiones tales como los derechos humanos, el medio ambiente, el desarrollo, la educación y la salud, y que el tema del Decenio es "Las poblaciones indígenas: la colaboración en acción",

Reconociendo la importancia de consultar a las poblaciones y cooperar con ellas en la planificación y  ejecución del programa de actividades para el Decenio, la necesidad de recibir apoyo financiero suficiente de  la comunidad internacional, incluido el apoyo de las Naciones Unidas y de los organismos especializados, y la   necesidad de disponer de mecanismos adecuados de coordinación y comunicación, Consciente de la decisión adoptada por la Asamblea General en su resolución 49/214, de 23 de
diciembre de 1994, de celebrar cada año el 9 de agosto el Día Internacional de las Poblaciones Indígenas,
 
 

                                                I

              Informe del Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas de la Subcomisión
                         de Promoción y Protección de los Derechos Humanos

1. Toma nota del informe de la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos (E/CN.4/2000/2-E/CN.4/Sub.2/1999/54) y del informe del Grupo de Trabajo sobre su 17º período de sesiones  (E/CN.4/Sub.2/1999/19);

2. Insta al Grupo de Trabajo a que continúe su examen a fondo de los acontecimientos y de las diversas  situaciones y aspiraciones de las poblaciones indígenas del mundo, acoge con beneplácito la propuesta del  Grupo de hacer hincapié en sus períodos de sesiones futuros en temas específicos del Decenio Internacional  de las Poblaciones Indígenas del Mundo, y toma nota de que en su 18º período de sesiones el Grupo se   centrará en el tema "Los niños y jóvenes indígenas";

3. Invita nuevamente al Grupo de Trabajo a que, en sus deliberaciones sobre los acontecimientos relativos a la  promoción y protección de los derechos humanos de las poblaciones indígenas, tenga en cuenta la labor que  realizan, en el marco de sus respectivos mandatos, todos los relatores especiales, los representantes   especiales, los expertos independientes, los grupos de trabajo y los seminarios de expertos, en lo que  respecta a la situación de las poblaciones indígenas;

4. Recomienda al Consejo Económico y Social que autorice al Grupo de Trabajo a reunirse durante cinco días  laborables con anterioridad al 52º período de sesiones de la Subcomisión;

5. Invita al Grupo de Trabajo a que continúe examinando los medios por los cuales los conocimientos  particulares de las poblaciones indígenas pueden contribuir a la labor del Grupo, y alienta todas las iniciativas  que los gobiernos, las organizaciones de poblaciones indígenas y las organizaciones no gubernamentales   puedan adoptar para garantizar la plena participación de las poblaciones indígenas en las actividades relacionadas con las labores del Grupo de Trabajo;

6. Pide al Secretario General que:

a) Facilite al Grupo de Trabajo los recursos y la asistencia suficientes para el desempeño de su labor, incluida  la difusión suficiente de información acerca de las actividades del Grupo a los gobiernos, los organismos  especializados, las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones de poblaciones indígenas, con el   fin de alentar la participación más amplia posible en su labor;

b) Transmita lo antes posible los informes del Grupo de Trabajo a los gobiernos, las organizaciones de  poblaciones indígenas y las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales para que formulen observaciones y sugerencias concretas;

7. Hace un llamamiento a todos los gobiernos, las organizaciones y los particulares que estén en condiciones  de hacerlo para que examinen la posibilidad de aportar contribuciones al Fondo de Contribuciones  Voluntarias de las Naciones Unidas para las Poblaciones Indígenas;
 
 

                                                II

                     Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo

8. Toma nota del informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre
la ejecución del programa de actividades del Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo
(E/CN.4/2000/85);

9. Invita al Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas a que continúe su examen de las actividades  emprendidas durante el Decenio y alienta a los gobiernos y a las organizaciones intergubernamentales y no  gubernamentales a que faciliten información sobre el logro de los objetivos del Decenio, de conformidad con  el párrafo 16 del anexo de la resolución 50/157 de la Asamblea General, de 21 de diciembre de 1995;

10. Acoge con beneplácito la afirmación de la Asamblea General de que un objetivo principal del Decenio es
la aprobación de una declaración sobre los derechos de las poblaciones indígenas y su reconocimiento de  que otro de los objetivos importantes del Decenio es el examen del establecimiento de un foro permanente para las poblaciones indígenas en el sistema de las Naciones Unidas;

11. Pide a la Alta Comisionada para los Derechos Humanos que, en su calidad de Coordinadora del Decenio,  presente a la Comisión de Derechos Humanos en su 57º período de sesiones una actualización del informe  anual en el que se examinen las actividades del sistema de las Naciones Unidas en el marco del programa de   actividades del Decenio, en relación con el tema del programa titulado "Cuestiones indígenas", de conformidad con la petición de la Asamblea General al Secretario General;

12. Toma nota del informe de mitad de período preparado por la Alta Comisionada para los Derechos  Humanos en su calidad de Coordinadora del Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo  (A/54/487), en el que se examina la ejecución del programa de actividades del Decenio, y de la información  contenida en este informe acerca de las actividades del sistema de las Naciones Unidas, incluidos los   organismos especializados y otras actividades intergubernamentales, en relación con las poblaciones  indígenas, e insta a todas las partes interesadas a que intensifiquen sus esfuerzos para alcanzar los
objetivos  del Decenio;

13. Subraya el importante papel que la cooperación internacional desempeña en la promoción de los objetivos  y las actividades del Decenio y de los derechos, el bienestar y el desarrollo sostenible de las poblaciones  indígenas;


14. Hace un llamamiento a todos los gobiernos, las organizaciones y los particulares que estén en condiciones  de hacerlo para que presten apoyo al Decenio mediante la aportación de contribuciones al Fondo de  Contribuciones Voluntarias para el Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo;

15. Alienta a los gobiernos a que, según corresponda, en vista de la importancia de la adopción de medidas a  nivel nacional para el logro de los objetivos y la realización de las actividades del Decenio, presten apoyo al  Decenio, en consulta con las poblaciones indígenas, mediante:

a) La preparación de programas, planes e informes relacionados con el Decenio y el establecimiento de  comités nacionales u otros mecanismos en los que participen representantes de las poblaciones indígenas a  fin de garantizar que los objetivos y las actividades del Decenio se planifiquen y realicen en pleno acuerdo con  las poblaciones indígenas;

b) La búsqueda de medios de dar a las poblaciones indígenas más responsabilidad en cuanto a sus propios  asuntos y una verdadera participación en la adopción de decisiones sobre cuestiones que les atañen; 

c) La identificación de los recursos para las actividades encaminadas a lograr los objetivos del Decenio;

16. Hace un llamamiento a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales para que presten  apoyo al Decenio identificando, en cooperación con las poblaciones indígenas, los recursos para las  actividades encaminadas a lograr los objetivos del Decenio;

17. Alienta a los gobiernos a que estudien la posibilidad de aportar contribuciones, según corresponda, al  Fondo para el Desarrollo de las Poblaciones Indígenas de América Latina y el Caribe, a fin de apoyar el logro  de los objetivos del Decenio;

18. Pide a la Alta Comisionada para los Derechos Humanos que adopte disposiciones para asegurar que la  dependencia de las poblaciones indígenas de su Oficina tenga la dotación de personal y los recursos  suficientes para facilitar la realización efectiva de las actividades del Decenio;

19. Recomienda a la Alta Comisionada para los Derechos Humanos que, al elaborar programas en el marco  del Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo y el Decenio de las Naciones Unidas para  la educación en la esfera de los derechos humanos, preste la debida atención al desarrollo de la capacitación de las poblaciones indígenas en la esfera de los derechos humanos;

20. Alienta a la Alta Comisionada para los Derechos Humanos a que coopere con el Departamento de  Información Pública de la Secretaría en la preparación y difusión de información sobre el Decenio  Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo, teniendo el debido cuidado de exponer fielmente la   información relativa a las poblaciones indígenas;

21. Invita a las instituciones financieras y de desarrollo, a los programas operacionales y a los organismos  especializados de las Naciones Unidas a que, de conformidad con los procedimientos vigentes de sus  órganos rectores:

a) Asignen mayor prioridad y más recursos, en sus ámbitos de competencia, al mejoramiento de la situación  de las poblaciones indígenas prestando especialmente atención a las necesidades de esas poblaciones en  los países en desarrollo, preparando programas de acción específicos con miras al logro de los objetivos del   Decenio;

b) Realicen proyectos especiales, por los conductos apropiados y en colaboración con las poblaciones  indígenas, para apoyar sus iniciativas en el nivel comunitario y facilitar el intercambio de información y  conocimientos técnicos entre poblaciones indígenas y expertos en la materia;

c) Designen a los encargados de coordinar con la Alta Comisionada las actividades relacionadas con el  Decenio;

22. Recomienda que se tenga en cuenta la situación de las poblaciones indígenas en las próximas conferencias pertinentes de las Naciones Unidas, incluido el período extraordinario de sesiones de la  Asamblea General titulado "La mujer en el año 2000: igualdad entre los géneros, desarrollo y paz para el siglo  XXI", el período extraordinario de sesiones de la Asamblea General titulado "Cumbre Mundial sobre  Desarrollo Social: el desarrollo social para todos a la hora de la mundialización", el período
extraordinario de  sesiones de la Asamblea General para el seguimiento de la Cumbre Mundial en favor de la Infancia, y la
Tercera Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas  de Intolerancia;

23. Decide examinar el Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo en su 57º período de  sesiones, en relación con el tema del programa titulado "Cuestiones indígenas".
 

                                                                                      63ª sesión,
                                                                              25 de abril de 2000.

                                                                          [Aprobada sin votación. ]

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