puma.gif (13101 Byte)CISA    CONSEJO INDIO DE SUD AMERICA  
                                                 "Decenio Internacional de los Pueblos Indígenas del Mundo"


 V Asamblea General del CISA  

Puno-Perú, los 1, 2 y 3 de mayo de 1997  

RESOLUCION No. 006-97


COMISION DE REEMPADRONAMIENTO DE 

ORGANIZACIONES DE BASE
 

Visto, el informe de la Comisión de Fiscalización y el acervo documentario institucional y,

 
CONSIDERANDO:

-Que, el Consejo Indio de Sud-América es una organización No Gubernamental reconocida con carácter consultivo en la Organización de las Naciones Unidas, desde el mes de mayo de 1983.

-Que, en 17 años de vida institucional, el Consejo Indio de Sud-Américano no dispone de un Padrón de las Organizaciones-base que le permitan un funcionamiento y desarrollo institucional orgánico.

-Que, el Consejo Indio de Sud-América, actualmente sufre una crisis nstitucional, producto de la negligencia e incapacidad de ex-directivos y pseudo-dirigentes de organizaciones con siglas denominativas que nvolucren a amigos y/o familiares.

-Que es necesario disponer de un Padrón de organizaciones-base nstitucionalizadas legalmente; cuya presencia efectiva y funcionamiento regular permitan orientar a nuestro pueblo indio hacia objetivos comunes.

-Que, la Resolución 1996/31, emitida por la Organización de las Naciones Unidas en su 19° sesión plenaria del 25 de julio de 1996, a través de una Relación Consultiva dispone su adecuación para establecer relaciones consultivas ante la ONU.

 
SE RESUELVE:

1. - INICIAR una campaña de empadronamiento de las organizaciones de base indígena, cuyas finalidades y propósitos sean conformes al espíritu, principios y propósitos del Consejo Indio de Sud-América. El período de empadronamiento comprende desde la emisión de ésta Resolución hasta el día sabado 10 de julio de 1997, en la Av. Simón Bolivar No. 1512 en la ciudad de Puno, Perú.
Las organizaciones que no lograran empadronarse, quedaran en la condición de organizaciones fraternas, hasta que cumplan con lo dispuesto en la presente Resolución.

2.- IMPLEMENTAR el desarrollo y cumplimiento de la Ficha Técnica Institucional y Anexo respectivo, en cada una de las organizaciones-base, a fin de legalizar su presencia en el seno del Consejo Indio de Sud-América y por tanto, ante la Organización de las Naciones Unidas.

3.- RECONSTITUIR orgánica e institucionalmente el Consejo Indio de Sud-América e iniciar relaciones inter-institucionales con organismos públicos y privados; y lograr el reconocimiento público.

4.- EXIGIR a las organizaciones-base el aporte económico de CINCUENTA DOLARES, como cuota extraordinaria para gastos de reconstitución institucional.
 

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y ARCHIVESE

 
Dado, en la ciudad de Puno-Perú, a los tres días del mes de mayo de mil novecientos noventa 
y siete.

 
PRESIDENTE: Asociación de Literatura y Arte Cascadas - Perú:  Cirilo López Salvatierra

SECRETARIO:Parlamento del Pueblo Aymara- Bolivia:  Max Paredes C.

RELATORA:Asociación Cultural Pukara - Perú:  Soledad Mendoza Mendoza


(volver al index)